En el 303 solo se paga el IVA que cobras. Los gastos del local (comunidad, IBI, reparaciones, seguros…)
se desgravan en tu declaración de la renta (IRPF), no aquí. La retención del 19% que te hace el inquilino
tampoco va en el 303 (la ingresa él con su modelo 115). En el 4T marca la exoneración del resumen anual 390 si solo tienes alquileres.